La mañana del martes 9 de diciembre de 2025, en Valparaíso, el Congreso se encontró con la urgencia apremiante. La primera sesión no logró el quórum requerido y el proyecto quedó en suspenso, como tantas discusiones sobre seguridad: crucial, común… y aplazable. Sin embargo, ese mismo día, todo cambió. Se realizó una segunda convocatoria, una sesión especial, y al final de la tarde la iniciativa fue aprobada, desbloqueando una situación que había estado estancada durante años.

El Congreso aprobó la Ley de Seguridad Municipal, que reconoce la función preventiva de los municipios y establece la figura del inspector de seguridad municipal como un complemento a Carabineros.

La promesa del gobierno es clara: ordenar un ámbito que ya existía, pero con límites imprecisos. Según el Ministerio de Seguridad Pública, la ley busca profesionalizar el trabajo en las comunidades, definir funciones y habilitar herramientas que actualmente muchas comunas utilizan de manera improvisada, con protocolos desiguales y recursos limitados.

Cambios: de “seguridad comunal” a “institucionalidad”

El núcleo del texto se compone de dos capas. La primera: facultades autónomas para los municipios. El ministerio detalla una amplia gama de responsabilidades que incluyen el vínculo con la comunidad, patrullaje preventivo, acciones de inspección y fiscalización, apoyo a víctimas de delitos, además de televigilancia y asistencia en rescates de animales.

La segunda capa está centrada en la coordinación: tareas que los municipios deberán realizar junto a Carabineros, como patrullajes conjuntos, colaboración en medidas de protección ante la violencia intrafamiliar y controles de alcohol y drogas en la vía pública, entre otras.

Además, el Senado subraya un aspecto importante cuando un delito «salta» de una comuna a otra: el proyecto incluye la posibilidad de patrullajes intercomunales y que los inspectores puedan transitar más allá de sus límites territoriales en operativos o persecuciones por delito flagrante, alertando inmediatamente a Carabineros para que tome el control de la situación.

La “letra chica” en la práctica: equipo, poder y límites

El debate público se ha enfocado en un aspecto relevante para quienes trabajan de noche: los equipos de protección. El ministerio afirma que la ley estipula la entrega de implementos que se especificarán por reglamento, incluyendo chalecos, cascos, bastones, esposas, gas pimienta y dispositivos de choque eléctrico, excluyendo de manera explícita las armas de fuego.

El proyecto establece obligaciones y prohibiciones para los inspectores, asegurando el respeto por los derechos fundamentales, y aclara que no podrán ejercer atribuciones que correspondan a las fuerzas policiales; además, regula el uso de la fuerza bajo estrictos criterios (solo cuando sea absolutamente necesario).

Esta combinación —más herramientas, pero más regulaciones— busca equilibrar la demanda ciudadana por presencia y la necesidad de que la seguridad municipal no se convierta en una “policía paralela”.

Financiación y desigualdad territorial: el mapa ya desigual

En el ámbito de la seguridad municipal, el código postal es crucial. Por ello, el Ejecutivo ha presentado cifras concretas: $5.100 millones en financiamiento adicional para aquellos municipios que carecen de recursos para adquirir equipos de protección, y $208 millones para plataformas tecnológicas e interconexión de registros, además de consideraciones territoriales en las transferencias y el impulso del Royalty Minero al Fondo Común Municipal para potenciar capacidades locales.

En la práctica: comunas con mejor situación financiera ya cuentan con flotas, cámaras y turnos; otras apenas tienen unos pocos vehículos y radios. La ley intenta que esta disparidad no se traduzca —literalmente— en mayor riesgo para quienes patrullan.

El ruido político: cuando la ley se mezcla con la desconfianza

Durante la tramitación, el tema se vio influido por otra discusión: la integridad de las autoridades locales. La Tercera informó que se aprobó una indicación en el Senado que exige pruebas de drogas periódicas a alcaldes, con repercusiones si un resultado positivo no se justifica por tratamiento médico.

Más allá de si esta medida permanece en la versión final (y de su implementación), el episodio refleja el clima que rodea cualquier normativa de seguridad: no solo se discuten atribuciones, sino también confianza, controles y responsabilidades políticas.

El camino por delante

Aunque el proyecto ha sido aprobado y el gobierno lo presenta como un paso significativo, su implementación real dependerá de dos factores:

  1. Reglamentos que definan con precisión estándares de equipamiento, procedimientos y coordinación (especialmente respecto al uso de elementos de protección).
  2. Capacitación y supervisión para garantizar que el inspector municipal sea, como menciona el Senado, un colaborador y no un sustituto de la policía.

Por el momento, el patrullaje continúa. La diferencia es que el país comienza a establecer, bajo un marco legal, qué puede, qué no puede y qué debe hacer ese vehículo municipal que circula lentamente por tu barrio en horas avanzadas, mientras la ciudad escucha su sonido más sutil: una radio, un paso, una sirena a lo lejos.

El artículo original se puede encontrar en Ley de Seguridad Municipal: cuando el municipio dejó de ser espectador en Revista Seguridad & Defensa.

Con Información de revistaseguridad.cl