Desde este semestre, el Ministerio del Interior comenzará la compra de armamento, aeronaves y equipo, así como la contratación de servicios para la Policía Nacional del Perú, siguiendo la reciente “Directiva para contratación con proveedores no domiciliados en el país excluidos de la Ley de Contrataciones Públicas” (N° 004-2025-IN-OGAF).
Esta directiva, aprobada por la Resolución Ministerial N° 1228 el 27 de junio, contempla la adquisición de 56 vehículos blindados multipropósito (4×4) y 44 vehículos motobomba antidisturbios (4×4 y 6×4) por un monto aproximado de 50 millones de dólares, además de un avión de transporte por 65 millones y más de 31,000 pistolas de 9 x 19 mm por 22 millones.
Con esto, el MININTER abandona la modalidad de compra Estado a Estado (implementada en 2018 y redefinida por la Directiva N° 006-2024-OGAF-IN: “Lineamientos para las Contrataciones del Sector Interior para la Modalidad de Estado a Estado” del 17 de febrero de 2024), que no brindó los resultados esperados. Esto se debe, como hemos mencionado en diversas ocasiones en defensa.com, a estudios de mercado deficientes por parte de la Policía Nacional y de la Oficina General de Administración y Finanzas (OGAF), así como al reformulamiento aleatorio y sin sustento técnico de los Requerimientos Técnicos Mínimos (RTM), además de la escasez de personal calificado y con experiencia adecuada.
Una muestra de la falta de profesionalidad es la fallida adquisición de un avión Antonov An-178 por 65 millones de dólares a Spetstechnoexport (Ucrania) en 2019 (contrato que, lleno de irregularidades, fue cancelado en noviembre de 2022), la compra de 7.323 fusiles de asalto de 5,56 x 45 mm que se inició en 2018 (que finalmente se adquirieron a la Fábrica de Armas y Municiones del Ejército – FAME SAC a inicios de 2025) y más recientemente la licitación de 56 vehículos blindados multipropósito (4×4) y 44 motobombas antidisturbios (4×4 y 6×4) que comenzó en febrero de 2020 y fue cancelada en junio pasado. La única adquisición concretada fue la de 2 helicópteros de transporte Mi-171Sh Hip H a la Empresa Unitaria Estatal de Comercio Exterior – Belspetsvneshtechnika (Bielorrusia) en octubre de 2019 por aproximadamente 43.7 millones de dólares.
La Directiva N° 004-2025 estipula que las compras de bienes como armamento, aeronaves y equipamiento, así como la contratación de servicios en el mercado extranjero, se llevarán a cabo en tres fases: “actos preparatorios”, “selectiva” y “contractual”. El “área técnica” será responsable de redactar el requerimiento técnico, y la Oficina General de Administración y Finanzas (OGAF), que reemplaza al Comité de Evaluación, elaborará las bases del procedimiento de selección, realizará las invitaciones a ofertar, responderá consultas de los participantes, evaluará las propuestas técnico-económicas, determinará al ganador otorgando la “buena pro” y firmará el contrato en nombre del MININTER. Según especialistas en contrataciones consultados por defensa.com, excluir al área usuaria representa un riesgo, ya que podrían formularse requerimientos inadecuados y discrepantes con las necesdades operacionales.
Algo que resulta notable es que no se definen las modalidades de adquisición de bienes: contratación directa, concurso, licitación o proveedor único, ni los criterios de ponderación y valoración que se utilizarán en la evaluación de propuestas técnico-económicas, lo que podría influir en el resultado en favor de un determinado postor. También faltan aclaraciones sobre los lineamientos en caso de contratación de servicios.
Además, la negociación de mejoras a la oferta se realizará después de otorgar la «buena pro», lo que podría conllevar, si no se llega a un acuerdo satisfactorio, a la cancelación del proceso. Lo ideal sería seleccionar al postor que cumpla con los requerimientos técnicos y que ofrezca las mejoras más relevantes. Asimismo, se aclara que la OGAF, antes de “interactuar con el mercado”, deberá elaborar el “Apéndice Comercial”, que incluirá las condiciones logísticas, financieras, aduaneras y tributarias, así como la presentación de garantías, el pago y el plazo de ejecución de la prestación.
Se establece que la importación de los bienes será responsabilidad de la Policía Nacional bajo el régimen de “material de guerra”, con los tributos a ser cubiertos por el contratista. Existen dos modalidades de pago: total tras la llegada y verificación de los bienes en una zona primaria aduanera en el Puerto del Callao bajo INCOTERM DDP (Deliver Duty Paid) o el pago anticipado del total, condicionado a la presentación de garantías financieras por el 100% del valor del contrato. Sin embargo, no se especifica el porcentaje o valor de la Carta Fianza (que debe entregarse 30 días después de la firma del contrato), ni las sanciones aplicables en caso de incumplimiento.
Según información obtenida por defensa.com, la prioridad del MININTER, aplicando esta nueva modalidad, será la adquisición de 56 vehículos blindados multipropósito (4×4) y 44 vehículos motobomba antidisturbios (4×4 y 6×4), enmarcada en el Programa de “Mejoramiento del Servicio de Control de Disturbios Civiles a Nivel Nacional” – Código 2251056. Para ello, el 25 de julio, se emitió la Resolución Ministerial N° 1454, que copia otra emitida en mayo de 2024, ordenando a la Oficina General de Administración y Finanzas (OGAF) realizar la adquisición antes de que se termine el año. (defensa.com).
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