El segundo artículo de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, que trata sobre las zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, establece que su declaración se realiza a través de un real decreto, conforme al artículo quinto de la misma Ley y actualmente se encuentra en proceso un borrador relacionado con Cabo Pinar (Mallorca) y el acuartelamiento de Jaime II en Palma.