domingo, 11 de octubre de 2026
Policial

La ampliación del plazo de flagrancia a 24 horas repercute en el uso de cámaras corporales

La extensión del plazo de flagrancia a 24 horas, junto con las nuevas atribuciones autónomas que contempla la reforma al Código Procesal Penal, potencia de manera directa el valor operativo y jurídico de las grabaciones de las cámaras corporales (bodycams) de Carabineros, a través de los mecanismos que se detallan a continuación.

Contar con más tiempo disponible para revisar, preservar y analizar el material audiovisual permite obtener antecedentes relevantes para identificar a los implicados, reconstruir la secuencia de los hechos y respaldar la actuación policial. En situaciones complejas, ese margen adicional favorece la coordinación entre los funcionarios que intervienen en el procedimiento, los investigadores y el Ministerio Público.

La persecución diferida por video gana viabilidad

Bajo la normativa anterior, que fijaba el plazo en 12 horas, si una bodycam captaba el rostro de un delincuente en fuga, la policía disponía de un intervalo muy estrecho para examinar el video, identificar al sospechoso, rastrear su paradero y aprehenderlo en flagrancia. Con el plazo extendido a 24 horas, el video institucional adquiere una utilidad operativa prolongada: las unidades de inteligencia o de patrullaje obtienen un margen real para procesar las imágenes corporales, articular la búsqueda con otras patrullas y concretar una detención legal sustentada exclusivamente en ese primer registro audiovisual.

Cruce inmediato con las redes de televigilancia

La reforma no se limita a ampliar los plazos: también habilita a las policías a solicitar de forma directa, sin orden previa del fiscal, los videos de seguridad de comercios, hogares y particulares. En la práctica, esto permite contrastar de inmediato la grabación de la cámara corporal —que puede registrar, por ejemplo, el inicio de una persecución o la vestimenta del sospechoso— con las imágenes de cámaras del entorno vecinal o comercial recopiladas de manera autónoma durante esas 24 horas. De este modo se construye una línea de tiempo visual sólida e ininterrumpida, capaz de justificar técnicamente la flagrancia ante el juez de garantía.

Menor presión en la descarga de datos y la cadena de custodia

Uno de los principales obstáculos para Carabineros era la gestión logística de la evidencia digital: el funcionario debía regresar a su unidad, conectar el dispositivo en el módulo de carga (docking station), esperar la indexación automática y confeccionar las actas de resguardo antes de que expiraran las 12 horas. Al duplicarse la ventana legal a 24 horas, las policías disponen de un lapso prudente para garantizar la integridad de la grabación, cargar el archivo a las plataformas institucionales y remitirlo formalmente al fiscal del caso, sin el riesgo inminente de que la detención sea declarada ilegal por vencimiento de plazos.

En síntesis, ampliar el plazo no significa únicamente disponer de más horas: implica contar con una ventana adicional para aprovechar información que puede resultar decisiva en una investigación. El desafío estará en transformar ese tiempo extra en evidencia útil, oportuna y confiable para la persecución penal.

Con Información de revistaseguridad.cl

Editor

Redacción.

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